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Realización de proyectos estratégicos de I+D 2019-2021

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Fomentar la realización de proyectos de alto impacto que estén alineados con los sectores identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) de Navarra (automoción y mecatrónica, cadena alimentaria, energías renovables y recursos, salud, turismo integral e industrias creativas y digitales). Para su ejecución se debe formar un consorcio de diferentes tipologías de empresas y se establece un porcentaje mínimo de participación por parte de los organismos de investigación y difusión de conocimientos de Navarra. El objetivo de esta iniciativa es movilizar a las empresas de los sectores estratégicos a través de las entidades de referencia o tractoras, con potencial para liderar este tipo de proyectos.

Actuaciones subvencionables

  • La presente convocatoria de ayudas se centra en siete retos que resultan claves en relación con los mencionados sectores de la RIS3. Se trata de:

    • Reto 1: VOLTA III. Vehículos de 0 emisiones Largo alcance y Tecnología Avanzada.
    • Reto 2: AERO III. Almacenamiento de Energía Renovable para Optimizar su uso.
    • Reto 3: GEMA III. Genómica y Medicina Avanzada.
    • Reto 4: ALPES II. Alimentación Personalizada y Sostenible.
    • Reto 5: IRIS I. Inteligencia Artificial y Robótica para la Industria y la Sociedad.
    • Reto 6: IDEA I. Ideas Disruptivas Emergentes Aplicadas.
    • Reto 7: SIBERIA I. Soluciones Innovadoras en Biotecnología para Energía, Retos Sanitarios, Industria y Agroalimentación.

Características de las ayudas

Los proyectos estratégicos serán necesariamente proyectos realizados en colaboración entre empresas y al menos un organismo de investigación y difusión de conocimientos de Navarra, además los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 1.000.000 euros.

Ámbito: Navarra

Presupuesto: 1.000.000 €

Plazo de solicitud: Hasta el 07/03/2019

Organismo: Dir General de Industria, Energía e Innovación, Navarra

Naturaleza de proyecto: I+D+i

Empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos que tengan centro de trabajo en Navarra y desarrollen en el mismo las actividades subvencionadas.

b) En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos, la intensidad de la ayuda podrá ser de hasta el 100% siempre que se trate de actividades no económicas, según la definición establecida en la sección 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2014/C 198/01).

1.1. Para las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos no incluidos en el apartado 1.2 siguiente:

a) Gastos de personal (personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar) directamente dedicado al proyecto, en la medida y durante el periodo en que se dedique al mismo.

b) Gastos de los materiales empleados en el proyecto: materias primas y otros aprovisionamientos.

c) Gastos de amortización de equipos, de patentes y de modelos de utilidad, en la medida y durante el periodo en que esos elementos patrimoniales se utilicen para el proyecto.

d) Gastos de colaboraciones externas de Universidades, Centros Tecnológicos y otras empresas que realicen tareas de I+D relativas al proyecto y aporten conocimientos técnicos.

En el caso de que la colaboración externa se ejecute por parte de un organismo de investigación y difusión de conocimientos que sea Organismo Público de Investigación (OPI), Universidad Pública, entidad de derecho público y otros organismos públicos de I+D, únicamente serán subvencionables los costes en los que dicho organismo haya incurrido para la prestación del servicio determinados según lo establecido en el apartado 1.2 de la presente base.

e) Gastos derivados del uso de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) de ámbito nacional o europeo.

f) Gastos de solicitud de las patentes generadas por el proyecto. Este gasto no será subvencionable para las grandes empresas.

g) Otros gastos directamente relacionados con el proyecto y aplicados efectivamente a su realización, siempre que puedan identificarse como específicamente empleados en dicho proyecto y que puedan asignarse individualmente a este.

1.2 En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos que sean Organismos Públicos de Investigación (OPI), Universidades Públicas, entidades de derecho público y otros organismos públicos de I+D:

Se subvencionarán los gastos indicados en el apartado 1.1, a excepción de los gastos de personal propio de la letra a), aunque estos gastos deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto para que computen en relación a los requisitos de cuantía y de participación.

Sí será subvencionable la contratación de personal para la ejecución del proyecto.

Así mismo, para los proyectos del reto 3 se consideran subvencionables los gastos debidos a la intensificación de personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que participe en el proyecto, conforme a lo regulado por el Departamento de Salud a través de sus convocatorias anuales.

El periodo de ejecución de los proyectos será desde la posterior presentación de la solicitud de la ayuda, hasta el 30 de noviembre de 2021.

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