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Proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua

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Ayudas para proyectos que contribuyan a la consecución de objetivos específicos, vinculados a los objetivos generales del Componente 5, Inversión 1 (C5.I1) «Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)»

Proyectos subvencionables

  • Tipo A: Elaboración/actualización de estrategias, planes, proyectos constructivos o estudios que promuevan la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua en cualquier ámbito territorial de los términos municipales.

    Tipo B: Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua:

    • B.1  Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público.
    • B.2 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre cualquier elemento del sistema de abastecimiento, incluyendo redes de distribución, acometidas de interés público que afecten a una pluralidad de personas usuarias.
    • B.3 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre el sistema de saneamiento y depuración, tanto en la red de colectores como otras infraestructuras existentes en los sistemas de saneamiento.
    • B.4 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización en los puntos de vertido de aguas residuales asignados al beneficiario.

    Tipo C: elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo B y la puesta en valor de toda la información

Características de las ayudas

Las subvenciones reguladas por estas bases serán compatibles y acumulables con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales.

El proyecto deberá de iniciarse después de la solicitud de la ayuda.

Los beneficiarios garantizarán en todo momento durante el desarrollo del proyecto el respeto al principio de DNSH.

El plazo de ejecución del proyecto será como máximo el 31 de diciembre de 2025.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 2.00.000.000 €

Plazo de solicitud: 90 días hábiles desde el 01/10/2022

Organismo: Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico

Naturaleza de proyecto: Digitalización - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

  • Las personas físicas o jurídicas que sean operadores, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.
  • Agrupaciones de solicitantes.
  • Las diputaciones provinciales o aquellas Administraciones que tengan asumidas sus competencias propias, así como los cabildos y consejos insulares.

Podrá igualmente incluir cuantía mínima con el fin de optimizar el número de proyectos a desarrollar, que como máximo podrá ser de 3.000.000 de euros.

En los proyectos que incorporen actuaciones B.1, B.2, B.3 y B.4 y que, por lo tanto, mejoren de forma integral la gestión del ciclo del agua, se añadirá un 5% adicional al porcentaje de intensidad máxima aplicable

Los beneficiarios recibirán el pago anticipado de hasta el 80% de la ayuda concedida en cada una de las anualidades previstas en la resolución de concesión de la subvención.

El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad objeto del proyecto.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, estén relacionados con la actividad objeto de la ayuda, sean necesarios para su ejecución.

  • Costes de personal contratado o vinculado al beneficiario.
  • Costes de viajes y manutención.
  • Costes de asistencias y contratos externos.
  • Costes de material inventariable.
  • Costes de material fungible.
  • Costes no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios para su ejecución.
  • Costes indirectos aquellos que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria.
  • Costes indirectos los gastos relativos al suministro de agua, electricidad, seguridad, gestoría, calefacción y limpieza, correo, telefonía e internet, material y suministros de oficina y gastos de alquiler de locales o sede social de la entidad.

Buscador de ayudas

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