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Proyectos de Certificación de I+D+i (CERTIFICA-CV)

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Se incentivarán las siguientes actuaciones:

Actuación 1. Certificación de proyectos de I+D+i, desarrollados por las empresas beneficiarias a efectos de deducción fiscal según el art.35 de la Ley de Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014), en los cuales se distinguirá entre las siguientes tipologías:

  • Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución.
  • Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución con personal de I+D en exclusiva.
  • Certificado de muestrarios o de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto de animación o videojuegos.
  • Certificado de proyecto de contenido y ejecución con ex ante previo o seguimiento.
  • Certificado de proyecto ex ante.

Actuación 2. Certificación de la dedicación exclusiva del personal a tareas de I+D+i según el Real decreto 475/2014, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.

Actuación 3. Certificación de la capacidad de innovación a través de las siguientes normas reconocidas por el Ministerio de Economía, Industria y competitividad:

  • Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043.
  • Certificación de PYME Innovadora, según la Especificación AENOR EA0047.
  • Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i».

Ámbito: Valencia

Presupuesto: 200.000 €

Plazo de solicitud: Finalizará a las 23:59.59h del día 2 de julio de 2019

Organismo: Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial

Naturaleza de proyecto: I+D+i

Pymes, con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en los artículos 4 y 43 de esta resolución.

Quedan excluidas las empresas que hayan recibido ayudas de IVACE en las convocatorias del programa CERTIFICA-CV de 2017 y 2018.

Subvención calculada como un porcentaje sobre el coste de la certificación realizada por empresa o entidad acreditada por ENAC, con las siguientes limitaciones en función del tipo de certificado:

  • Actuaciones 1 y 2. Subvención a fondo perdido de hasta un 60 % del coste del certificado, con un máximo de 3.000 euros.
  • Actuación 3. Subvención a fondo perdido de hasta un 75 % del coste del certificado, con un máximo de 1.000 euros.

La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las Ayudas de minimis. Para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, se estará a los límites y condiciones del artículo 3, apartados 2 y 3 de dicha disposición.

beneficiaria.

Los costes de la certificación realizada por empresas o entidades acreditadas por ENAC.

El proyecto objeto de ayuda no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.

teléfono, agua o electricidad.

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