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Promoción del talento

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Línea 1. Agentes de innovación.

Puesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.

Sublíneas de ayuda:

Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y científico/universitario.

Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación apoyado en la línea de Agentes de Innovación de la convocatoria anterior.

Las entidades solicitantes solo podrán presentar un proyecto para el apoyo a una persona agente de la Innovación, bien en la sublínea 1.1 (contratación) o bien en la sublínea 1.2 (mantenimiento). Cuando el solicitante tenga la consideración de organismo de investigación podrán presentarse hasta tres solicitudes en la sublínea 1.1 (contratación) y una solicitud en sublínea 1.2 (mantenimiento).

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ).

Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

Sublínea 2.1, Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i, de implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía o para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras. Esta sublínea está dirigida a empresas que contratan nuevo personal investigador con titulación universitaria o de grado superior en

Formación Profesional, bien para llevar a cabo actividades propias de I+D+i o proyectos de implantación de tecnologías vinculadas a la nueva economía, o bien para el desarrollo de proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

Sublínea 2.2, Mantenimiento del personal investigador o técnico contratado en cualquiera de las tres sublíneas de Incorporació de la convocatoria anterior.

Las entidades solicitantes solo podrán presentar un proyecto para el apoyo a una persona investigadora o tecnóloga, bien en la sublínea 2.1 (contratación) o bien en la sublínea 2.2 (mantenimiento).

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)

Promover la formación de doctorandos y doctorandas en las empresas, propiciando la adquisición por parte de aquellos y aquellas de las habilidades necesarias para desarrollar proyectos de I+D en entornos empresariales y así incrementar el grado de tecnificación y capacidad innovadora de las plantillas de las empresas.

Asimismo, fomentar la obtención de la mención Industrial en el título de doctor.

Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.

Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en la convocatoria anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de 2018.

Ámbito: Comunidad Valenciana

Plazo de solicitud: Hasta las 24h del 14/03/2019

Organismo: Agencia Valenciana de la Innovación

Naturaleza de proyecto: I+D+i

Línea 1. Agentes de innovación.

  • Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en la Red de Universidades Valencianas para el Fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (RUVID).
  • Centros tecnológicos inscritos en el registro de centros regulado por el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de Institutos de Investigación Biomédica o Sanitaria y normas complementarias.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud según el artículo 7 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de salud de la Comunitat Valenciana que desarrollen actividad investigadora.
  • Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos.
  • Otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ).

  • Empresas encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
  • Empresas de servicios intensivos en conocimiento, cuyo código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) esté incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (Eurostat).

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto).

  • Sublínea 3.1 Apoyo a personal de investigación de las empresas (ya en plantilla o bien de nueva contratación) que va a llevar a cabo una tesis doctoral vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
  • Empresas industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
  • Sublínea 3.2 Mantenimiento del doctorando o doctoranda apoyado en el ejercicio anterior en la sublínea Innodocto de la convocatoria de 2018: la empresa debe haber sido beneficiaria en la sublínea indicada en la convocatoria anterior.

Línea 1. Agentes de innovación.

Subvenciones a fondo perdido.

La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta el 100 % de los gastos subvencionables del proyecto.

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ).

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30 % para grandes empresas.

Podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto).

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 50 % de los costes considerados como subvencionables para las PYMES y del 30 % para grandes empresas.

Podrá incrementarse la intensidad de ayuda hasta en un 5 %, cuando la persona contratada sea una doctoranda, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Línea 1. Agentes de innovación.

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto.
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, entre otros, estudios de viabilidad, prospectiva y otros modos de transferencia de conocimientos.
  • Gastos de actividades de formación imprescindibles para la ejecución del proyecto. Se considerarán en este apartado la formación y obtención de conocimientos de tipo técnico adquirida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto a jornadas, cursos, estancias en centros de conocimiento, cuyo límite máximo se establecerá en la respectiva convocatoria.
  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento relacionados exclusivamente con las actuaciones a desarrollar. Los gastos de viaje que se imputen estarán limitados por los importes establecidos en el Decreto 24/1997, de 11 de febrero, del Gobierno Valenciano, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios y sus respectivas modificaciones.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.
  • En su caso, los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Línea 2. Incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas (INCORPORACIÓ).

  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (titulado universitario) o 3.500 euros (titulado FP) (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación y/o consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 15.000 euros.
  • Gastos ocasionados por la participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de
    10.000 euros.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste máximo subvencionable: 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

Línea 3. Doctorandos empresariales (Innodocto)

  • Gastos de personal: coste salarial de la persona contratada, incluyendo el salario, las cargas sociales y la cuota empresarial a la Seguridad Social, empleada en centros de la Comunitat Valenciana. El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500 euros (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones).
  • Contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación y/o consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto, con un coste total máximo anual subvencionable de 15.000 euros.
  • Gastos de matrícula de las enseñanzas de doctorado, con un tope de 1.000 euros anuales, así como los gastos ocasionados por la participación del doctorando o doctoranda en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto de I+D+i, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas. El coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90 euros y el coste total subvencionable máximo anual por ayuda en este concepto es de 10.000 euros. El gasto de matrícula no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por el correspondiente decreto del Consell en que se establecen las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios del curso de que se trate.
  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. Coste total subvencionable: 1.400 euros por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

Periodo de ejecución del proyecto desde el 1 de enero de 2019, hasta el 31 de diciembre de 2019. Para proyectos de alcance plurianual hasta el 31 de diciembre de 2020.

electricidad.

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