Página pruebas

Préstamo HORECA

Los proyectos tendrán como finalidad:

  • Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos, incluyendo las incluidas en el Plan Estratégico de la Industria Valenciana impulsado por la Conselleria de Economía, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo;
  • Adecuación de espacios de trabajo con criterios de sostenibilidad e inclusión social, en el marco del programa ASTREA impulsado por la Conselleria de Vivienda de la Generalitat Valenciana;
  • Procesos de digitalización de las pequeñas y medianas empresas al amparo de la bonificación de capital e intereses financiada por el programa TRANSFORMER de la Conselleria de Innovación de la Generalitat Valenciana;
  • Contratación de mano de obra y servicios ligados al ciclo de la explotación, así como la adquisición de elementos patrimoniales de capital circulante, como las mercaderías, y las materias primas, incluyendo aquellas que en virtud de lo establecido en esta convocatoria dan lugar a un tramo no reembolsable de hasta el 30% si la empresa opera en los sectores del ocio, la hostelería, la restauración y otras actividades conexas.

Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 50 millones de euros.

Ámbito: Valencia

Presupuesto: 50.000.000 €

Plazo de solicitud: Hasta agotamiento de presupuesto

Organismo: Institut Valencià de Finances

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Podrán ser beneficiarios de la financiación bonificada proyectos llevados a cabo en cualquier sector de actividad con excepción de fabricación de armamento y derivados; juegos de azar y material correspondiente; fabricación, transformación o distribución de tabaco; las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional; las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria, excepto las destinadas a favorecer el acceso a la vivienda de colectivos desfavorecidos en régimen de propiedad o de alquiler, en colaboración con la Generalitat Valenciana; las actividades meramente financieras.

  • IMPORTE: El valor nominal del préstamo se situará entre 15.000 euros y 750.000 euros.
  • PLAZO/CARENCIA: Hasta 5 años con un máximo de 1 año de carencia.
  • COMISIONES: No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.
  • TIPOS DE INTERÉS: Euribor + 0,5% y se requerirá un aval otorgado por Afín-SGR.
  • TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR):Los préstamos incorporan una ayuda (Tramo no Reembolsable) de hasta el 30% del valor nominal del préstamo. En concreto un préstamo de 30.000 euros tendrá una ayuda por valor de 9.000 euros; un préstamo de 250.000 una ayuda de 42.000 euros; un préstamo de 500.000 una ayuda de 54.500; y un préstamo de 750.000 euros una ayuda de 60.750 euros.
  • Son gastos financiables elegibles aquellos:
    • Que consistan en la adquisición y reparación de activos materiales e inmateriales, la compra de elementos de capital circulante y la contratación de servicios que contribuyan al sostenimiento del ciclo de la explotación. Asimismo, serán financiables las cuotas de capital e intereses de operaciones otorgadas por el IVF.
    • Que se hayan realizado con posterioridad a 1 de abril de 2020, y
    • Cuyo importe sea superior a 250 euros. A estos efectos el IVF admitirá la acumulación de gastos recurrentes de la explotación, siempre que respondan a un mismo concepto y hayan sido contratados con un mismo proveedor con posterioridad a 1 de abril de 2020.
  • En tanto que inversiones en activos materiales e inmateriales asociados al proyecto, serán gastos financiables elegibles los siguientes:
    • Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.
    • Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
    • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
    • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
    • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
    • Mobiliario.
    • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación hasta un máximo de 15.000 euros. A este respecto, la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera no se considerará en ningún caso como gasto financiable elegible a los efectos de esta Convocatoria.
    • Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
    • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.

Buscador de ayudas

Este es un menú vacío. Por favor, comprueba que tu menú tiene elementos.
This site is registered on wpml.org as a development site.