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Preparación de propuestas europeas

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El fomento de la participación gallega de calidad en el Programa marco de la Unión Europea en sus diferentes líneas:

Líneas subvencionables

  • Línea 1 (código de procedimiento administrativo IN607F): ayudas para actividades de preparación de propuestas de calidad, tanto de manera individual como en consorcio, en el Programa marco de investigación e innovación. Se considerarán propuestas de calidad aquellas que alcanzaron en el proceso de evaluación de la convocatoria del Programa marco al que concurrieron una puntuación superior al 75 % de la nota máxima establecida.
  • Línea 2.1 (código de procedimiento administrativo IN607G): ayudas para el desarrollo de una propuesta individual presentada a alguna de las convocatorias de la fase I del instrumento pyme del Programa marco, siempre que esta alcanzase una evaluación igual o superior a los 13 puntos o fuese distinguida con el sello de excelencia.
  • Línea 2.2 (código de procedimiento administrativo IN607H): ayudas para el desarrollo de una propuesta individual presentada a alguna de las convocatorias de la fase II del instrumento pyme del Programa marco, siempre que esta alcanzase una evaluación igual o superior a los 12 puntos o fuese distinguida con el sello de excelencia.

Ámbito: Galicia

Presupuesto: 800.000 €

Plazo de solicitud: Hasta el 30/10/2019, o hasta el agotamiento de presupuesto

Organismo: Agencia Gallega de Innovación

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - - I+D+i

Para las líneas 2.1 y 2.2: pymes.

Debiendo tenerse en cuenta las definiciones contempladas en el anexo I de estas bases reguladoras.

Con carácter general:

  • Línea 1 El importe máximo de la subvención será del 80 % de la inversión subvencionable.
  • Línea 2.1. El importe máximo de la subvención será del 70 % de la inversión subvencionable, sin superar en ningún caso los 50.000 euros.
  • Línea 2.2. El importe máximo de la subvención será, en el caso de actividades de desarrollo experimental, del 35 % para empresas medianas y del 45 % para empresas pequeñas y, en el caso de actividades de innovación en materia de procesos y organización, del 50% de la inversión subvencionable, siempre conforme con los límites de intensidad previstos en los artículos 25 y 29 del Reglamento (UE) nº 651/2014.

El importe máximo por proyecto será de 800.000 euros.

 

Los costes subvencionables se desglosarán, según cada una de las líneas, en las siguientes partidas diferenciando dentro de ellas entre:

  • Costes directos: aquellos que están directa e inequívocamente relacionados con la actividad subvencionada y cuyo nexo con esta actividad se puede demostrar.
  • Costes indirectos: aquellos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con la actividad subvencionada por tener carácter estructural, pero resultan necesarios para su realización, en los cuales se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), suministros (tales como agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, seguridad o gastos de limpieza.

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