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Garantía para financiación circulante para innovación

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Facilitar el acceso a la financiación de las empresas catalanas, sobre todo de aquellas de menor dimensión, que lleven a cabo proyectos de innovación, ya sea en materia de producto, proceso u organización, o emprendan actuaciones con el fin de seguir abriendo, ampliando y fortaleciéndose en nuevos mercados. Tanto en un caso como en el otro, eso facilitará la consolidación de su posición competitiva y consiguientemente el mantenimiento de la actividad productiva y la potenciación de la retención del talento y la calidad en el empleo.

Proyectos subvencionables

Se incentivarán proyectos de innovación, internacionalización o industrialización que comporten un gasto mínimo de 100.000,00 euros y que tengan un impacto real y cuantificable sobre los siguientes aspectos:

    • El incremento o el mantenimiento de la capacidad productiva.
    • La creación o el mantenimiento de la ocupación, valorando especialmente la calidad de esta y la retención de talento.
    • La dinamización de la actividad en la cadena de valor, especialmente con respecto a los proveedores locales.
    • El uso intensivo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en sus procesos productivos y en el resto de sus ámbitos de actividad.
    • El incremento de las exportaciones.

Ámbito: Cataluña

Presupuesto: 1.000.000 €

Plazo de solicitud: Hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se agote el presupuesto

Organismo: Dpto de Empresa y Conocimiento, Cataluña

Naturaleza de proyecto: I+D+i

Pymes industriales y de servicios relacionados con sede social o sede operativa en Cataluña.

El Departamento de Empresa y Conocimiento responde del 50% de la deuda pendiente de cada préstamo formalizado a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF).

Préstamo:

  • Importe: hasta el 100% de la necesidad de circulante, con un mínimo de 100.000,00 euros y un máximo de 500.000,00 euros por titular o grupo. En el supuesto de financiación de inversiones, el importe máximo es de 1.000.000,00 de euros y no puede exceder del 80% de los gastos aceptados. El importe máximo de préstamos por empresa o grupo empresarial es de 1.000.000,00 de euros.
  • Plazo: el plazo máximo del préstamo, en el caso del circulante, será de hasta 5 años, con la posibilidad de un periodo de carencia de amortización de capital de hasta 1 año, incluido en este plazo. En el caso de inversión será de hasta 10 años, con dos años de carencia también incluidos en el plazo.
  • Desembolso: en el caso de financiación de circulante, en una sola vez a la formalización de la operación; en el supuesto de inversiones se producirá de forma gradual, por el correspondiente porcentaje financiado, contra presentación de los justificantes de la inversión efectivamente realizada en un plazo máximo de 24 meses.
  • Amortización: el préstamo se amortizará por periodos vencidos.
  • Comisión de apertura: máxima del 0,50% del nominal del préstamo.
  • Tipo de interés: el tipo de interés de los préstamos será variable del euríbor a 12 meses más un diferencial de hasta el 3%.
  • Interés de demora: tipo de interés vigente + el 6 %.
  • Garantía: A cargo del cliente: las consideradas suficientes a criterio del ICF por un máximo del 50% del riesgo. Las garantías que aporte el titular complementan a la garantía del fondo y se mantendrán, sin disminuir su valor nominal inicial, durante toda la vida de la operación.
  • En el caso de circulante, se consideran elegibles los gastos de circulante de empresas relativas a actividades de innovación e internacionalización y viabilidad empresarial.
  • Para proyectos de innovación, los gastos que estén directamente vinculados, como los de personal propio y colaboraciones externas, los costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación, la adquisición de equipamientos, materiales y otros gastos como suministros – en la medida y durante el periodo que se utilicen para el proyecto-, gastos de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidos por licencia de fondo externas o gastos de registro y protección de la propiedad industrial e intelectual generada por la empresa solicitante dedicados a la actividad de innovación cuando los activos resultantes del proyecto estén localizados físicamente en Cataluña.
  • Para proyectos de internacionalización, los gastos directamente vinculados con el proceso de internacionalización, como los activos fijos productivos, la adquisición de empresas, aportaciones de capital, estudios de mercado, gastos de personal (relativos a los puestos de trabajo creados directamente por el proyecto de inversión, calculados por un periodo máximo de 2 años) o colaboraciones externas.
  • Para proyectos de industrialización, la adquisición de activos fijos relacionados con la incorporación en la empresa, a nivel industrial, de tecnologías de última generación, nuevos equipos tecnológicamente avanzados o mejora tecnológica de sus procesos actuales, inversiones en activos inmateriales vinculados al proyecto, como adquisición de patentes o software, y gastos de subcontratación directamente vinculados a la ejecución del proyecto cuando los activos estén localizados físicamente en Cataluña.

El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables es desde el 1 de enero de 2018 hasta los 24 meses posteriores contados desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

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