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Ejecución de planes de actuación para centros de I+D+I empresariales

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Subvenciones para empresas que ejecuten planes de actuación en I+D+i, que mejorando la competitividad del grupo empresarial al que pertenecen, actúen además como elemento tractor de la economía regional.

Actuaciones subvencionables

  • Los proyectos subvencionables deberán referirse a alguna de las temáticas destacadas (topics) en los campos de especialización de la estrategia Asturias RIS3:

    • Materiales avanzados y sostenibles.
    • Nuevos modelos de producción.
    • Suministros. Tecnología para redes.
    • Asturias Polo Industrial del Acero.
    • Mercados agroalimentarios.
    • Envejecimiento demográfico y calidad de vida.

    Los proyectos subvencionables deberán corresponder además a actuaciones innovadoras de marcado carácter tecnológico y enmarcarse en su totalidad en alguna de las siguientes categorías:

    • Investigación Industrial.
    • Desarrollo experimental.
    • Innovación en materia de procesos y organización.
    • Estudios de viabilidad.
    • Creación y desarrollo de Empresas de Base Tecnológica (EBTs).

Características de las ayudas

Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas concedidas para el mismo proyecto o actuación cuando dichas medidas de ayuda se refieran a costes subvencionables diferentes, o cuando las medidas de ayuda se correspondan total o parcialmente con los mismos costes subvencionables.

El plazo de ejecución será  desde la  presentación de la solicitud de ayuda en el IDEPA y la fecha de finalización del plazo que se establezca en la resolución de concesión.

Los proyectos que conformen el plan de actuación deberá tener un importe mínimo subvencionable de 150.000 euros.

Ámbito: Nacional

Plazo de solicitud: Desde el 17/06/2022 hasta el 26/07/2022

Organismo: Consejería de Industria, Empleo y Promoción económica

Naturaleza de proyecto: I+D+i

  • Empresas legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia, que tengan uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral.
  • Empresarios individuales/autónomos.

En todos los casos la actividad vinculada al proyecto se deberá localizar en un establecimiento en el Principado de Asturias.

Ayudas en forma  de subvención en concurrencia competitiva, con las siguientes intensidades de ayuda:

 

El pago de la ayuda se hará mediante transferencia bancaria, a la cuenta designada y previa justificación de la realización de la actividad o proyecto en un solo pago.

  • Activos fijos. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
  • Personal técnico. Gastos de personal necesarios para la realización del proyecto, en la medida en que estén dedicados al mismo.
  • Materiales. Adquisición de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible en la medida y durante el período que se utilicen para el proyecto.
  • Colaboraciones externas. Contratación de universidades, centros públicos de investigación, centros tecnológicos, o empresas de consultoría/ingeniería especializada, destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Adquisición de patentes. Adquisición de patentes por licencia de fuentes externas, destinadas de manera exclusiva al proyecto.
  • Protección de propiedad industrial. Gastos de registro de propiedad industrial de los resultados del proyecto (sólo para las PYMES).
  • Investigadores en comisión de servicio. Costes de personal altamente cualificado en comisión de servicio procedente de un organismo de investigación o difusión de conocimientos o una gran empresa, que trabaje en actividades de I+D+i en una función recientemente creada en el beneficiario y que no sustituya a otro personal (sólo para las PYMES).
  • Otros gastos para EBTs. Otros gastos necesarios para la creación y desarrollo de Empresas de Base Tecnológica (sólo para pequeñas empresas, cuyo desglose detallado se reflejará en las correspondientes convocatorias).
  • Auditoría. Coste del informe del auditor de cuentas para la revisión de la cuenta justificativa del proyecto, hasta una cuantía máxima subvencionable de 2.000 €.
  • Costes indirectos. Dependiendo de la tipología de proyecto estos podrán ser:

a) Importe de hasta el 15% de los costes de personal subvencionables del proyecto, bajo la opción de costes simplificados.
b) Gastos de personal propio, técnico o administrativo, o gastos externos por las tareas de coordinación y gestión, de la empresa coordinadora en los proyectos en colaboración.

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