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Economía circular, residuos

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La concesión de subvenciones a Núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental que incentiven la realización de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en proyectos de Economía Circular, específicamente en el ámbito de los residuos.

Los proyectos deberán tener un gasto subvencionable aceptado mínimo de 150.000 euros, y estar enmarcados en los sectores y las tecnologías facilitadoras transversales identificadas en la estrategia de especialización RIS3CAT.

Ámbito: Cataluña

Presupuesto: 150.000 €

Plazo de solicitud: Hasta el 16/09/2019

Organismo: Agencia para la Competitividad de la Empresa, Cataluña

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Empresas con ánimo de lucro que tengan establecimiento operativo en Cataluña, y:

  • Como mínimo tres años de vida en la fecha de la solicitud de la ayuda, a contar a partir de la fecha de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil (o registro análogo) o la fecha de alta censal en Hacienda (modelo 036) en el caso de empresarios individuales, o bien
  • Que dispongan de una plantilla de como mínimo 5 trabajadores el mes anterior al de la presentación de la solicitud de la ayuda.

No pueden ser beneficiarios/as de estas ayudas los agentes del sistema de I+D+i.

Las intensidades máximas de las ayudas, de acuerdo con la normativa comunitaria de ayudas de Estado, son las siguientes:

En ningún caso se concederá una ayuda de un importe superior a 150.000 euros por proyecto.

1. Gastos de personal técnico contratado, por la entidad solicitante, en la medida en que estén dedicados a tareas de carácter técnico del proyecto: investigadores, técnicos y personal auxiliar.

2. Gastos de colaboraciones externas, entre otros:

  • Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual.
  • Contratación externa para tareas de ingeniería o diseño.
  • Ensayos y pruebas de laboratorio.

3. Gastos de equipamiento e instrumental, durante el período en que se utilicen para el proyecto:

  • Equipamientos e instrumental, incluidos los gastos de las actuaciones específicas necesarias para su puesta en marcha, en la medida en que se activen y se incorporen a su coste de adquisición.
  • Activos generados como consecuencia del proyecto o hechos a medida para el proyecto, tales como moldes y utillajes, prototipos y plantas piloto, siempre y cuando no se comercialicen.
  • Activos intangibles tales como licencias de software, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fondos externos en condiciones de plena competencia.

4. Otros gastos directamente vinculados a la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.

5. En los proyectos con la participación de más de una empresa, los gastos derivados de la gestión del proyecto, según se detalla en el guión de la memoria publicado en la página web de ACCIÓ (www.accio.gencat.cat), podrán ser gastos de personal u otros gastos necesarios para la gestión del proyecto.

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