Programa Maquinaria 4.0
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Este programa tiene entre sus objetivos la atracción y retorno de investigadores doctores o profesionales de alta cualificación con más de 5 años de experiencia profesional para desarrollar su carrera profesional en empresas y centros de investigación, así como estimular la demanda en el sector público y privado de profesionales de alta cualificación para acometer proyectos de I+D+i.
Ámbito: Galicia
Presupuesto: 700.000 €
Plazo de solicitud: Hasta el 07/04/2020
Organismo: Agencia Gallega de Innovación GAIN
Naturaleza de proyecto: I+D+i
Empresas del sector o ámbito de negocio de la fabricación de maquinaria o bienes de equipo, que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.
Podrán ser beneficiarias colectivas de estas ayudas las agrupaciones de dos o más empresas en las que por lo menos una de ellas sea del sector o ámbito de negocio de la fabricación de maquinaria o bienes de equipo, y las otras pertenezcan a sectores de la industria o servicios directamente relacionados con el desarrollo del producto para el cual se solicita la ayuda. Todas las integrantes de la agrupación deben ser sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos con un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto. En este caso, los interesados deberán previamente constituir una agrupación de las previstas en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007. Se deberá hacer constar expresamente en un documento los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, que tendrán todos ellos la consideración de beneficiarios. En cualquiera caso, se nombrará un representante único de la agrupación (en adelante el líder), único interlocutor con la administración durante la vigencia de la ayuda.
Concepto | |||
Pequeña | Mediana | – | |
a) Mejora la capacidad productiva mediante inversión | 30% | 20% | – |
b1) Desarrollo experimental | 45% | 35% | – |
b2) Desarrollo experimental (*) | 60% | 50% | – |
c) Innovación en materia de organización | 50% | 50% | – |
d) Innovación en materia de procesos | 50% | 50% | – |
e) Estandarización y creación de catálogos de producto, comercialización del producto generado y planes de mantenimiento y formación de distribuidores | 70% | 60% | – |
Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto para el cual fueron concedidos.
a) Mejora de la capacidad productiva mediante inversión.
b1) Desarrollo experimental.
b2) Desarrollo experimental.
c) Innovación en materia de organización.
d) Innovación en materia de procesos.
e) Estandarización y creación de catálogos de producto, comercialización del producto generado y planes de mantenimiento y formación de distribuidores.
El plazo de ejecución de los proyectos finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder del 31.10.2021, siendo esta la última fecha admisible de facturación y pago.