Programa InnovaPeme
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Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un plan de innovación, que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:
Actuaciones subvencionables
- Actividades de innovación: destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas (desbordamiento del conocimiento), deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica; estas actividades comprenderán la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, el envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado y la adquisición de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación.
- Innovación en materia de procesos y/o de organización: la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipamientos o programas informáticos), de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.
Características de las ayudas
- Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y homogéneo que permita implementar o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
- Las actividades incluidas en el plan de innovación deben implicar una o varias de estas opciones, desglosadas en el catálogo que se incluye como:
No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
- Deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la RIS3 para Galicia.
- El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros, la presentación de un plan de innovación con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión da la solicitud de la ayuda.
Ámbito: Galicia
Plazo de solicitud: Desde el 06/05/2021 hasta el 07/06/2021
Organismo: Agencia Gallega de Innovación
Naturaleza de proyecto: I+D+i
BENEFICIARIO
Microempresas, pequeñas y medianas empresas, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicitan la ayuda.
Los beneficiarios de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA), conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la presente resolución.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Las ayudas se concederán en forma de subvenciones, y con una intensidad máxima del 50%.
GASTOS FINANCIABLES
Las ayudas se concederán en forma de subvenciones, y con una intensidad máxima del 50%. electricidad.