Energías renovables
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Incentivar el uso de las energías renovables como energías limpias que sirven para establecer un modelo de desarrollo sostenible y de ahorro energético.
Para la convocatoria de 2019, se considera área tecnológica subvencionable, el área de fotovoltaica o mixta eólicafotovoltaica, con y sin acumulación.
Exactamente se incentivarán las actuaciones del área de fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica con y sin acumulación que consistan en instalaciones de generación eléctrica, que transformen la energía de la radiación solar, mediante módulos fotovoltaicos o de la energía del viento mediante aerogeneradores, en energía eléctrica, pudiendo contar el sistema con acumulación. Solo se admitirán instalaciones mixtas en que la aportación fotovoltaica sea al menos del 50 % de la potencia eólica.
En cualquier caso, las instalaciones objeto de subvención únicamente podrán destinarse al uso indicado, que será en su caso determinado por la Dirección General de Industria, Energía y Minería como órgano competente, en función de la documentación técnica aportada por el solicitante de la ayuda, sin que, en ningún caso, puedan destinarse a otros fines, como venta de la energía obtenida.
La inversión, para que la actuación sea subvencionable, deberá superar los 3.000 euros (IVA excluido).
Ámbito: Castilla-La Mancha
Presupuesto: 3.000 €
Plazo de solicitud: 09/04/2019 - 09/05/2019
Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo, Castilla la Mancha
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente
BENEFICIARIO
- Empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las entidades solicitantes deberán estar válidamente constituidas antes de que concluya el plazo para presentar las solicitudes.
- Será necesario que la entidad solicitante desarrolle o vaya a desarrollar la actividad productiva o de investigación, así como la ejecución del proyecto subvencionable, en la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo en el supuesto excepcional contemplado en el subapartado siguiente “Modalidades de participación”, punto 3.
Modalidades de participación:
- Las empresas podrán presentar los proyectos de manera individual o en cooperación de varias empresas en un proyecto común.
- Los organismos de investigación y difusión de conocimientos sólo podrán participar en la modalidad de cooperación con una o varias empresas, debiendo cada organismo desarrollar un mínimo del 10% del proyecto.
- En caso de proyectos de cooperación, todas las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos participantes deben estar establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos señalados en el apartado anterior. Excepcionalmente, en el caso de que no exista en la Comunidad Autónoma un organismo de investigación y difusión de conocimientos que desarrolle la actividad investigadora necesaria para el desarrollo del proyecto, por sus especiales características o especificidad técnica, se podrá cooperar con un organismo de investigación y difusión de conocimientos establecido en otra comunidad autónoma. Este extremo deberá justificarse en la memoria explicativa del proyecto.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Pymes de naturaleza privada que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha, los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, las personas físicas y comunidades de propietarios.
Solo podrá otorgarse una subvención por beneficiario.
GASTOS FINANCIABLES
Las subvenciones se otorgarán, en régimen de concurrencia competitiva
La cuantía de la subvención será del 40 % del coste subvencionable, con un límite de 30.000 euros por proyecto. A efectos de determinación de la cuantía de la subvención a conceder, se tomará como coste subvencionable el menor del existente entre el presupuesto aportado por el interesado o los costes de referencia marcados en la disposición decimotercera de esta resolución.
El IVA se entenderá incluido como gasto subvencionable solo para el caso de que los beneficiarios sean ayuntamientos o personas físicas sin actividad económica.