Eficiencia energética y energía renovable en empresas
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Concesión de subvenciones correspondientes al año 2021 en régimen de concurrencia competitiva, aplicados a los siguientes objetivos:
Actuaciones subvencionables
Para el Objetivo Específico OE.4.2.1.
- Las actuaciones elegibles serán:
Sustitución por renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía, cuya finalidad sea el ahorro energético y la disminución de las emisiones de CO2. Inversión mínima de 6.000,00 euros por actuación. A efectos de cálculo del coste elegible, se establece un ratio económico energético máximo de 10.000 €/tep, entre el coste elegible y el ahorro de energía final anual resultado de la inversión.
Para el Objetivo Específico OE.4.2.2.
- Las actuaciones elegibles serán:
Instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo, con objeto de aumentar la capacidad de producción de energía renovable y reducir las emisiones de CO2. Sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, obra civil necesaria para la instalación de equipos y montaje y puesta en marcha. El valor mínimo de potencia pico de la instalación generadora o de la suma de potencias pico de las instalaciones generadoras formando parte del proyecto de inversión se establece en 30 kWp. A efectos de cálculo del coste elegible, se establece un ratio económico-energético máximo de 0,90 € / W pico entre el coste elegible y la potencia pico de la instalación objeto de la inversión.
Características de las ayudas
La producción de energía eléctrica podrá acogerse a las siguientes modalidades. Clasificación de modalidades de autoconsumo, del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica (BOE Núm. 83 de 6/04/2019): 1.a) Modalidad de suministro con autoconsumo sin excedentes; 2.a) Modalidad de suministro con autoconsumo con excedentes acogida a compensación.
Queda expresamente excluida la previsión y el funcionamiento en régimen de evacuación de energía a redes de distribución con fines retributivos.
La consignación presupuestaria es de 1.000.000,00 euros.
Ámbito: Murcia
Presupuesto: 1.000.000 €
Plazo de solicitud: Desde el 17/03/2021 hasta el 16/04/2021
Organismo: Consejería de Empresa, Industria y Portavocía
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables
BENEFICIARIO
Empresas pertenecientes al sector industrial incluidas en las secciones B, C y D, y perteneciente al sector terciario incluidas en las secciones E a N y P a S del Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE- 2009).
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención a fondo perdido.
- Para el Objetivo Específico OE.4.2.1:
El porcentaje de ayuda oscila entre el 20% y el 70% en función del tamaño de la empresa y del ratio mencionado. La cuantía máxima de cada ayuda es de 100.000,00 €. - Para el Objetivo Específico OE.4.2.2:
El porcentaje de ayuda es del 25% para grandes empresas, 35% para medianas y 45% para pequeñas. La cuantía máxima de cada ayuda es de 70.000,00 €.
Si la instalación dispone de sistemas de acumulación, los porcentajes de ayuda se incrementan en 20 puntos porcentuales. En este caso deberá acreditarse una autonomía mínima de 72 h considerando una carga equivalente a la producción media diaria de la instalación de generación asociada.
GASTOS FINANCIABLES
Aquellos gastos directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones elegibles las realizadas por las empresas, en sus instalaciones radicadas en la región, en el ámbito del Programa Operativo FEDER 2014/2020 para la Región de Murcia, correspondientes a los Objetivos Específicos OE.4.2.1 “Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME” (Línea de Actuación 38, renovación de equipos e instalaciones) y OE.4.2.2 “Fomento del uso de energías renovables por las empresas, en particular las PYME”.