Programa CRECE 1 para microempresas
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Convocar para el año 2018 la línea de subvenciones Crecimiento Industrial para microempresas industriales (CRECE 1) de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
La línea de subvenciones CRECE 1 tiene como finalidad apoyar la realización de actuaciones en el sector industrial encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las microempresas mediante la adquisición de nuevos activos.
El importe total de la inversión subvencionable, suma de los importes de los conceptos de inversión subvencionables, debe estar comprendida entre 3.000 y 50.000 euros.
Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 500 euros por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
Ámbito: Cantabria
Presupuesto: 50.000 €
Plazo de solicitud: Hasta el día 31 de agosto de 2018
Organismo: Conserjería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, Cantabria
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial
BENEFICIARIO
Microempresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumpla las condiciones siguientes:
- Estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud.
- Ser titular en Cantabria de una de las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación:
a) Industrial.
b) Servicios de apoyo a la industria.
c) Sectores contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020).
- Estar dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
- Disponer de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria le exija para su actividad industrial.
Asimismo, podrán tener la condición de persona beneficiaria las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para las empresas.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
El importe de la subvención será igual al 30% del importe de la inversión subvencionada.
GASTOS FINANCIABLES
Activos nuevos siguientes:
- bienes de equipo, máquinas y herramientas;
- instalaciones y servicios auxiliares;
- informática (“software” y “hardware”) y comunicaciones, elementos de transporte interior y vehículos especiales de transporte exterior.
Plazo de ejecución de las actividades comprendido entre el 2 de enero de 2018 y el 31 de agosto de 2018, ambos inclusive.