Capital Start Up Capital
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Objetivo
El programa presenta los siguientes instrumentos financieros adecuados al volumen de fondos requeridos por la empresa y la fase de crecimiento y consolidación en la que se encuentra. Resumen de las características básicas (detalle en www.sodercan.es):
a) Préstamo participativo convertible. SEMILLA.
Dirigido a proyectos para una fase anterior al inicio de la producción masiva (investigación, desarrollo, diseño…).
— Importe mínimo: 25.000 €.
— Importe máximo: 50.000 €.
— Se financiará la adquisición de activos fijos y circulante necesario para la actividad.
— Aportaciones de los socios: Aportaciones mínimas de socios vía capital/fondos propios al menos 50% del préstamo concedido.
b) Préstamo participativo convertible START UP. ARRANQUE.
Dirigidos a proyectos para un periodo que abarca desde la primera comercialización del producto o servicio hasta que alcanzan el punto de equilibrio.
— Importe mínimo: 50.001 €.
— Importe máximo: 150.000 €.
— Se financiará la adquisición de activos fijos y circulante necesario para la actividad.
— Aportaciones de los socios: Nivel de fondos propios, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo concedido.
c) Préstamo participativo convertible (EXPANSIÓN).
Dirigidos a proyectos en fase de crecimiento y generando beneficios. — Importe mínimo: 150.000 €.
— Importe máximo: 250.000 €.
— Se financiará la adquisición de activos fijos y circulante necesario para la actividad.
— Garantías: Entre el 25%-50% del importe del préstamo
— Aportaciones de los socios: Nivel de fondos propios, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo concedido.
d) Toma de participación (EXPANSIÓN).
Dirigidos a proyectos en fase de crecimiento y generando beneficios.
—La participación será minoritaria.
—SODERCAN no aportará más capital que el equipo emprendedor en el desarrollo del proyecto empresarial, y siempre por debajo del 45%, y en una cantidad no superior a 250.000 euros.
—Temporal: El tiempo de permanencia estará comprendido generalmente entre 5 y máximo 10 años.
Adicionalmente a la dotación económica, la visibilidad y el reconocimiento, los proyectos empresariales con operaciones formalizadas al amparo de este Programa obtienen acciones de acompañamiento especializada para la presentación de los mismos a redes de inversores privados y a entidades públicas de financiación.
Ámbito: Cantabria
Plazo de solicitud: Hasta agotamiento de fondos
Organismo: Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria S.A
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial
BENEFICIARIO
Los requisitos de las empresas solicitantes son los siguientes:
- La empresa debe contar con su actividad principal y domicilio social y fi scal localizados en Cantabria.
- Ser empresas constituidas como persona jurídica con ánimo de lucro (S. A., S. L., Sociedades Laborales, Cooperativas, Sociedades Civiles).
- Ser PYME conforme a la defi nición de la Unión Europea, tener personalidad jurídica propia independiente de la de sus socios o partícipes, y estar constituida, como máximo, en los 48 meses anteriores a la solicitud.
- Debe pertenecer a los sectores alineados con la estrategia de especialización inteligente RIS3 de Cantabria, iCan 2020.
- Cuentas depositadas en Registro Mercantil o Registro Público que proceda, del último ejercicio cerrado para préstamos solicitados /aportaciones de hasta 150.000 €; y estados financieros auditados externamente del último ejercicio cerrado para préstamos solicitados / aprobados / aportaciones aprobados por importes superiores.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
En función de cada instrumento financiero:
Préstamo participativo convertible. SEMILLA.
Importe mínimo: 25.000 €.
Importe máximo: 50.000 €.
Préstamo participativo convertible START UP. ARRANQUE.
Importe mínimo: 50.001 €.
Importe máximo: 150.000 €.
Préstamo participativo convertible (EXPANSIÓN).
Importe mínimo: 150.000 €
Importe máximo: 250.000 €.
Toma de participación (EXPANSIÓN).
SODERCAN no aportará más capital que el equipo emprendedor en el desarrollo del proyecto empresarial, y siempre por debajo del 45%, y en una cantidad no superior a 250.000 euros.