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Economía Circular y Transición Energética

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  5. Economía Circular y Transición Energética

Objetivo

  • Se subvencionará la realización de las siguientes actuaciones, con una inversión mínima de 6.000 €.:
    Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas (Programa 1)

    • Proyectos para la depuración de efluentes gaseosos y líquidos.
    • Proyectos para la reducción de emisiones de ruidos y vibraciones al ambiente.
    • Proyectos de mejora en la gestión y tratamiento de residuos propios.
    • Proyectos de modificación de los procesos y aplicación de mejores tecnologías disponibles al objeto de reducir su impacto ambiental o minimizar la generación de contaminantes.
    • Proyectos de modificación de procesos que permita recuperar y reutilizar como materias primas las sustancias procedentes del flujo de residuos y subproductos.
    • Proyectos encaminados a la reducción de las necesidades de recursos y materias primas.
    • Proyectos de incorporación de equipos e instalaciones de medida y control de la contaminación.
    • Proyectos de instalación de equipos, elementos y sistemas de medida y control de los consumos de recursos.
    • Proyectos de sustitución de fuentes energéticas por otras menos contaminantes que utilicen tecnologías que supongan un ahorro energético además de la simple sustitución.
    • Otros proyectos y medidas que permitan a las empresas incrementar el nivel de protección medioambiental.

    Proyectos de ahorro y eficiencia energética (Programa 2)

    • Proyectos de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas existentes.
    • Proyectos de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes.
    • Proyectos de mejora de la eficiencia energética de los procesos, instalaciones y/o equipos productivos consumidores de energía.
    • Proyectos de rehabilitación de la envolvente térmica y otros elementos constructivos de los edificios.
    • Proyectos para la gestión eficiente de flotas de transporte.
    • Proyectos de instalación de equipos y elementos y sistemas de medida y control de los consumos energéticos.
    • Otros proyectos y medidas que permitan a las empresas lograr una mayor eficiencia energética.

    Proyectos de cogeneración de alta eficiencia (Programa 3)

    • Nuevas unidades de cogeneración.
    • La mejora de unidades de cogeneración existentes.
    • La conversión de una central de generación de electricidad ya existente en una unidad de cogeneración.

    Proyectos de energía procedente de fuentes renovable (Programa 4)

    • Proyectos de energía eólica.
    • Proyectos de energía solar.
    • Proyectos de energía aerotérmica.
    • Proyectos de energía geotérmica.
    • Proyectos de energía hidrotérmica.
    • Proyectos de energía hidráulica.
    • Proyectos de energía de biomasa.
    • Proyectos de energía de gases de vertedero.
    • Proyectos de energía de gases de plantas de depuración y biogases

    Proyectos para la gestión de residuos (Programa 5)

    • Proyectos de prevención, reutilización y reciclado de residuos de otras empresas.
    • Proyectos de reutilización o reciclado de agua o minerales de terceros que de lo contrario serían residuos no utilizados.
    • Otros proyectos y medidas que permitan el tratamiento de los residuos de terceros según procedimientos más respetuosos del medio ambiente.

Ámbito: La Rioja

Presupuesto: 600.000 €

Plazo de solicitud: Finalizará el día 30 de septiembre de 2020, incluido

Organismo: Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

Empresas y organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales, con las excepciones prevista en el apartado primero, punto 2.k2), de la convocatoria.

Excluidas: Sociedades civiles (excepto SAT), Sociedades Públicas, Comunidades de Bienes, Sector de la producción agrícola primaria, salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas y las Empresas de Servicios Energéticos cuando actúen para terceros.

Subvención máxima por beneficiario y convocatoria será de 200.000 €, con las siguientes intensidades:

Programa 1: 35%.

En proyectos de adaptación anticipada a normas de la Unión (letra c del artículo 5.2 de la Orden), se limita el porcentaje según lo indicado en convocatoria.

Programa 2: 20%.

Programa 3: 20%.

Programa 4: 45%.

Programa 5: 20% a mínimis.

Aquellos gastos directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones susceptibles de recibir ayuda y de conformidad con las bases.
Los costes de inversión necesarios deberán estar debidamente activados y contabilizados como tales.
El coste elegible subvencionable de las facturas deberá ser superior a 300€
La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada.

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