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Programa para la Competitividad e Innovación colaborativa

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  5. Programa para la Competitividad e Innovación colaborativa

Actuaciones subvencionables

COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
Conceder subvenciones no reintegrables para:
  • El desarrollo de proyectos de innovación en colaboración, a riesgo compartido, entre las empresas consorciadas.
  • La realización de estudios sobre la viabilidad técnica, económica y legal de aquellas oportunidades de negocio innovadoras identificadas de manera cooperativa entre varias empresas.

COLABORACIÓN ENTRE ORGANISMOS INTERMEDIOS:

Los proyectos subvencionables incluirán las siguientes actividades:

  • Desarrollo de dinámicas conjuntas entre agentes para la identificación y concreción de oportunidades de negocio de carácter intersectorial y/o territorial.
  • Vigilancia competitiva colaborativa para identificar tendencias tecnológicas y de mercado para las empresas, especialmente cuando contribuyan a poner en valor dichas tendencias de cara a identificar proyectos concretos de innovación cooperativa.
  • Diseño y dinamización de grupos de empresas para la identificación y generación de oportunidades de negocio en cooperación.

Ámbito: País Vasco

Plazo de solicitud: Desde el 4/02/2019 hasta las 13:30 h del día 22/02/2019

Organismo: Departamento de Desarrollo Económico y Territorial, Vizcaya

Naturaleza de proyecto: I+D+i

COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
Empresas con personalidad jurídica propia cuya actividad principal se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor, de manera que su actividad principal quede integrada dentro de los epígrafes de la CNAE 2009, —Clasificación Nacional de Actividades Económicas— recogidos en el Anexo I y que presenten solicitud conjunta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.

COLABORACIÓN ENTRE ORGANISMOS INTERMEDIOS:
Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y Entidades Locales, así como sociedades mercantiles dependientes de Entidades Locales entre cuyos principales fines esté el impulso de la colaboración entre empresas, que presenten solicitud conjunta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.

Las ayudas a conceder son subvenciones no reintegrables.

COLABORACIÓN INTEREMPRESARIAL:
El importe máximo de ayuda por solicitud será de 60.000 euros de los cuales un máximo de 30.000 euros podrán ser en concepto de gastos internos de personal.

No se concederán ayudas inferiores a 6.000 euros por proyecto.
COLABORACIÓN ENTRE ORGANISMOS INTERMEDIOS:
El importe máximo de ayuda por solicitud será de 40.000 euros de los cuales un máximo de 20.000 euros podrán ser en concepto de gastos internos de personal.

No se considerarán ayudas inferiores a 6.000 euros por proyecto.

Para ambos programas:

  • Gastos internos del personal destinado al proyecto presentado.
  • Gastos externos directamente vinculados al proyecto objeto de subvención que estén debidamente justificados.

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