Programa Tecnológico de Automoción Sostenible
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Objetivo
Específicamente, las ayudas persiguen, principalmente:
- El desarrollo de componentes y plataformas para vehículos eléctricos, híbridos enchufables y propulsados por hidrógeno.
- La conducción autónoma y movilidad conectada.
- Adaptación de los entornos productivos con sistemas seguros y robustos para la interacción persona-máquina en el entorno fabril inteligente, dirigido a la fabricación de componentes y sistemas para el vehículo eléctrico, híbrido enchufable y propulsado por hidrógeno.
Proyectos plurianuales desarrollados en cualquier CC.AA. española.
- Presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 12.000.000 euros.
- Presupuesto mínimo elegible por empresa de 175.000 euros.
- Distribución presupuestaria equilibrada a lo largo de la duración del proyecto
Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de I+D empresarial en cooperación. Estos proyectos deberán ser resultado de iniciativas empresariales en cooperación, de carácter estratégico, intensivas en I+D y orientadas a grandes retos tecnológicos. Podrán tener asimismo origen en consorcios empresariales de carácter regional o inter-regional o en la colaboración tecnológica internacional. Estos proyectos podrán contemplar la participación de organismos de investigación para la ejecución de paquetes de trabajo específicos dentro de los objetivos planteados.
Ámbito: Nacional
Presupuesto: 40.000.000 €
Plazo de solicitud: Desde el 15/07/2021 hasta el 02/09/2021, a las 12:00 horas
Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente
BENEFICIARIO
Agrupaciones de empresas constituidas por entre 3 y 8 empresas, al menos dos de ellas autónomas. La agrupación ha de estar liderada por una empresa grande o mediana y contar, al menos, con una PYME entre los socios.
El representante de la agrupación recibirá el pago de la ayuda concedida y será responsable de su distribución entre los miembros de la agrupación.
Los miembros de la agrupación deberán suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento.
Podrán resultar beneficiarias las empresas que, no encontrándose en crisis a 31 de diciembre de 2019, pasaron a ser empresas en crisis en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa.
La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.
Para cada proyecto y beneficiario, el límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y por la intensidad máxima que corresponda en cada caso.
No hay exigencia de mínimo en Investigación Industrial ni subcontratación a OPIS.
La cuantía de las ayudas no podrá superar los umbrales establecidos en el artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014.
GASTOS FINANCIABLES
Se admiten los siguientes costes directos de ejecución: costes de personal, costes de instrumental y material inventariable, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas a precios de mercado, gastos generales y gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto y el gasto del informe de auditor.
Los proyectos deberán ser plurianuales y parte de estos deberá realizarse en el año 2021. Los proyectos tendrán una duración de tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2023. Las ayudas de la presente convocatoria deberán tener efecto Incentivador. Se considerará que las ayudas tienen efecto incentivador si, antes de comenzar la actividad, el beneficiario ha presentado una solicitud de ayuda a la presente convocatoria.