Implantación de zonas de bajas emisiones, transformación digital y sostenible del transporte urbano
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Subvenciones a actuaciones que contribuyan a la mejora de la calidad del aire y reducción del ruido en los entornos urbanos, el impulso de la descarbonización de la movilidad urbana a través de diferentes medidas dirigidas al propio tejido de la ciudad y sus infraestructuras, así como a la potenciación y optimización del transporte urbano y metropolitano.
Serán actuaciones financiables en el marco de la presente convocatoria las que se citan a continuación:
a) Para acelerar la implantación de Zonas de Bajas Emisiones: Serán financiables actuaciones que se realicen en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes.
1.Inversiones para la implantación y puesta en funcionamiento de una Zona de Bajas Emisiones.
Incluyen la señalización, los sistemas de control de accesos y aparcamiento, los sistemas de comunicaciones y sistemas de gestión, incluyendo el centro de control, los servidores y software de bases de datos de autorizados y no autorizados, tratamiento de excepciones, conexión de acceso a registros públicos, etc.
Puede incluirse la contratación de trabajos de consultoría para diseño de las actuaciones, que podrán incluir estudios de caracterización del parque circulante.
2. Actuaciones complementarias a una Zona de Bajas Emisiones existente o de nueva implantación.
- Sensores y medidores: de calidad del aire, de emisiones de vehículos individualizados, de ruido, etc.
- Sistemas de “enforcement”: Sistemas de control de infracciones y de gestión de sanciones. Sistemas embarcados de control de infracciones: aparcamiento, vehículos no autorizados, emisiones, etc.
- Otros sistemas de información y gestión: puntos de aforo distintos a los puntos de control de accesos, información en tiempo real de plazas de aparcamiento, información en tiempo real de la calidad del aire y nivel de restricciones, etc.
- Sistemas innovadores de movilidad personal en una Zona de Bajas Emisiones.
- Consultoría para diseño de las actuaciones, siempre que constituya una parte esencial para el conjunto de actuaciones subvencionadas (no son subvencionables los trabajos de consultoría aislados).
b) Para fomentar el cambio modal en entornos urbanos y metropolitanos hacia modos de transporte más sostenibles:
3. Plataformas y carriles de priorización (o exclusividad) para transporte colectivo.
4. Plataformas y carriles reservados para bicicletas y/o vehículos de movilidad personal mediante nueva construcción o nuevos trazados, así como otros tipos de infraestructura ciclista (por ejemplo, aparcamientos seguros)
5. Adecuación de vías y espacio urbano para bicicletas y/o vehículos de movilidad personal.
6. Adecuación de espacios urbanos para la implementación de zonas e itinerarios peatonales y mejora de la accesibilidad.
Por ejemplo, actuaciones en entornos históricos y artísticos, en zonas comerciales, en “supermanzanas”, actuaciones de movilidad vertical, pasarelas en permeabilización de barreras urbanísticas como líneas de ferrocarril, autopistas, ríos, etc. Pueden incluirse actuaciones de adaptación al cambio climático que faciliten desplazamientos de movilidad a pie.
7. Actuaciones para calmar el tráfico rodado:
- Señalización: señalización e iluminación reforzada de pasos de peatones y zonas con peatones vulnerables como colegios, centros de mayores, o entorno de parques infantiles.
- Medidas de “enforcement”: control de semáforo rojo con cámaras, control de velocidad con lectura en panel, etc.
- Actuaciones en las infraestructuras: tratamientos del pavimento y resaltos, ampliación de aceras y zonas sin tráfico, actuaciones en intersecciones con aceras ensanchadas, disposición de vallas, jardineras y zonas de pavimento diferenciado entre aceras y calzadas, así como otras actuaciones urbanístico-paisajísticas que favorezcan el calmado del tráfico, establecimiento de supermanzanas y zonas de prioridad peatonal.
8. Actuaciones de mejora de la accesibilidad del sistema de transporte público.
9. Aparcamientos disuasorios de competencia municipal
10.Establecimiento de zonas de estacionamiento regulado no incluidas en una Zona de Bajas Emisiones.
11.Actuaciones que mejoren la intermodalidad, tanto entre medios de transporte colectivo como con vehículos de última milla.
12.Implantación de sistemas públicos de alquiler de bicicletas y otros vehículos de movilidad personal.
13.Actuaciones para la mejora de la distribución urbana de mercancías: “minihubs”, centros de consolidación urbana, puntos de recogida, implantación de zonas de carga y descarga y sistemas para su gestión.
14.Actuaciones de transporte ferroviario de competencia local de infraestructura o tecnológicas que incentiven su uso.
15.Actuaciones de compra o renovación de material rodante ferroviario para servicios de competencia local.
c) Para fomentar la transformación del transporte público de viajeros y mercancías hacia una actividad de cero emisiones:
16.Adquisición de autobuses para flotas de transporte público y de vehículos pesados para servicios públicos, de ámbito municipal, propulsadas con energías alternativas:
- Adquisición de autobuses eléctricos.
- Adquisición de autobuses impulsados por hidrógeno.
- Adquisición de vehículos pesados de las categorías N2, N3 eléctricos o impulsados por hidrógeno para prestación del servicio público municipal de recogida de residuos y limpieza urbana.
17.Actuaciones complementarias para transformación de flotas de transporte público de ámbito municipal y de vehículos pesados para servicios públicos municipales, propulsadas con energías alternativas.
- Instalación de puntos de recarga eléctrica para flotas de autobuses o de vehículos pesados.
- Adaptación de cocheras, siempre que resulte necesario para la instalación de puntos de recarga.
- Consultoría para diseño de las actuaciones de electrificación y adaptación del plan de explotación, siempre que constituya una parte esencial para el conjunto de actuaciones subvencionadas: diseño de trayectos, adecuación de la conducción a condiciones climáticas, sistema de gestión de flotas, etc.
d) Para la digitalización de la actividad de los servicios públicos de transporte que redunde en una mayor eficiencia del sistema, mejor accesibilidad y ventajas para el usuario del transporte público:
18.Actuaciones de digitalización de la actividad de los servicios públicos de transporte para la mejora del servicio y de la experiencia de usuario:
19.Actuaciones de mejora de la gestión de las Administraciones: actuaciones de gestión inteligente y sostenible del tráfico y la movilidad, etc.
Ámbito: Nacional
Plazo de solicitud: Desde el 25/08/2021 hasta el 30/09/2021
Organismo: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente
BENEFICIARIO
- Municipios que sean capitales de provincia.
- Municipios de más de 50.000 habitantes.
- Municipios de más de 20.000 habitantes que dispongan de un servicio de transporte público colectivo urbano interior, y de un Plan de Movilidad Sostenible.
- Agrupaciones de municipios que se constituyan conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y al artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre; siempre que todos los miembros de la Agrupación sean municipios de los enumerados anteriormente.
- Entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que tengan atribuidas competencias en materia de transporte público urbano colectivo.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención.
El importe de la subvención no podrá exceder de estos límites:
- Municipios de más de 50.000 habitantes o capitales de provincia: podrán agrupar sus actuaciones en 2 Solicitudes independientes. Se aplica un límite de 45 euros por habitante para la Solicitud 1 y 30 euros por habitante para la Solicitud 2.
- Municipios de más de 20.000 habitantes: 45 euros por habitante.
- Agrupaciones de municipios: 20 euros por habitante con respecto a la población total residente en el conjunto de municipios agrupados. En cualquier caso, se aplicará un límite máximo de 40.000.000 euros para cada solicitud.
- Entes locales supramunicipales: 20 euros por habitante con respecto a la población total residente en el conjunto de municipios que integren esa entidad, considerando en el cómputo únicamente los municipios que cumplirían las condiciones para ser beneficiarios a título individual. En cualquier caso, se aplicará un límite máximo de 40.000.000 euros para cada solicitud.
GASTOS FINANCIABLES
- Las contrataciones externas de gestión, ingeniería, implementación, seguimiento y obra civil.
- Los contratos de compra, leasing, renting y adquisición de vehículos subvencionables.
- Los contratos de compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos informáticos, relacionados con las actuaciones subvencionadas.
- La adquisición de licencias de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
- Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de una actuación, como parte de ésta. Los estudios de viabilidad y de ingeniería de detalle serán subvencionables siempre que sean necesarios para la realización de las actuaciones. Podrán haberse realizado con anterioridad a la fecha de solicitud de ayuda, pero en ese caso, su coste no sería elegible.
- Las contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero, contabilidad o auditoría, si están directamente ligados a las actuaciones y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando hubieran sido contemplados en el presupuesto.