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Apoyar la creación de empresas de base tecnológica con vocación de crecimiento, contribuir al emprendimiento y acelerar la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades.
Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Primar con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor, con el fin de reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas.
Reforzar el apoyo a proyectos empresariales liderados por mujeres, para fomentar la igualdad en el emprendimiento en empresas de base tecnológica.
Actuaciones subvencionables
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Características de las ayudas
Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2024.
Las actuaciones deberán respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio de DNSH.) lo que comporta el cumplimiento de condiciones específicas.
La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.
Ámbito: Nacional
Plazo de solicitud: 28/02/2023 al 20/04/2023
Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
Naturaleza de proyecto: I+D+i
BENEFICIARIO
- Pequeñas empresas, consideradas empresa innovadora, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
Tres años de antigüedad máximo.
Capital social mínimo: 20.000 euros.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
Posibilidad de acceder a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación.
Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros.
GASTOS FINANCIABLES
Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Inversiones en equipos,
- Gastos de personal,
- Materiales,
- Colaboraciones externas / asesoría,
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos. También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
Igualmente, serán subvencionables los gastos de promoción y difusión, así como los gastos de formación.
Los gastos subvencionables en los que incurra el beneficiario en sus operaciones comerciales deberán ser abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.