Línea Directa de Expansión (LIC A)
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Ayudas para potenciar la innovación en regiones españolas, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento.
Las regiones asistidas a las que se dirigen estas ayudas son Andalucía, Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares (parcialmente), Islas Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña (parcialmente), Ciudad Autónoma de Ceuta, omunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana (se excluye Valencia capital), Extremadura, Galicia, Región de Murcia, Ciudad Autónoma de Melilla, Navarra (parcialmente), La Rioja (parcialmente) y País Vasco (parcialmente). Todas estas regiones están incluidas en el mapa español de ayudas regionales 2014-2020, aprobado mediante Decisiones de la Comisión Europea de 21 de mayo de 2014 y 7 de noviembre de 2016.
El presupuesto mínimo de los proyectos de inversión será de 175.000 euros y el máximo de 30.000.000 euros.
La empresa deberá aportar, al menos, el 25% de los costes elegibles bien a través de sus propios recursos, bien mediante financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
Sectores excluidos
- Sectores del acero, el carbón, la construcción naval o las fibras sintéticas.
- Sector de los transportes, así como a las infraestructuras conexas.
- Producción, la distribución y las infraestructuras de energía.
- Sector de los productos de la pesca y la acuicultura.
- Producción agrícola primaria
- Actividades relacionadas con la exportación
- Proyectos relativos al desmantelamiento o construcción de centrales nucleares, a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco o de productos para la industria tabaquera, la inversión en infraestructuras aeroportuarias
Características de las ayudas
Sólo se apoyarán proyectos con desarrollo en determinadas regiones asistidas.
Presupuesto mínimo: 175.000 euros.
Presupuesto máximo: 30.000.000 euros.
Duración: entre 6 meses y 24 meses.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos pertenecientes a todas las actividades productivas susceptibles de recibir ayuda, excepto aquellas excluidas según la normativa vigente.
Las inversiones deberán mantenerse en la zona beneficiaria durante al menos cinco años.
El beneficiario de las ayudas deberá aportar una contribución financiera mínima del 25 % de los costes elegibles.
Ámbito: Nacional
Plazo de solicitud: Convocatoria abierta durante todo el año
Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico de Innovación (CDTI)
Presupuesto: 10.000.000 €
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente -
BENEFICIARIO
Sólo podrán ser beneficiarias las pymes3 en las siguientes regiones: Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares (parcialmente), Cantabria, Castilla y León, Cataluña (parcialmente), Ciudad Autónoma de Ceuta, Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana (se excluye Valencia capital), Galicia, Navarra (parcialmente), La Rioja (parcialmente) y País Vasco (parcialmente).
No se financian proyectos relacionados con el sector del acero, el carbón, la construcción naval, las fibras sintéticas, los transportes e infraestructura conexa, la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas, la pesca y acuicultura y la producción agrícola primaria; desmantelamiento o construcción de centrales nucleares; a la fabricación, transformación y comercialización de tabaco y productos del tabaco; la inversión en infraestructuras aeroportuarias; el desarrollo de tecnología de uso exclusivamente militar y la inversión para lograr la reducción de gases de efecto invernadero o la financiación de actividades relacionadas con la exportación.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año + 1%.
Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado.
Devolución: 9 años, con un año de carencia desde la finalización del proyecto.
El CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.
En su caso, el CDTI podrá aplicar una minoración o exención de las garantías solicitadas.
Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado):
- Fondos Europeos: 15%-25%
- Fondos CDTI: 10%
La empresa deberá aportar, al menos, el 25% de los costes elegibles bien a través de sus propios recursos, bien mediante financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
La intensidad de ayuda medida en equivalente de subvención bruta, y que se proporciona en este instrumento a través de la bonificación del tipo de interés del préstamo, así como del tramo no reembolsable, no podrá superar los siguientes límites:
GASTOS FINANCIABLES
Se financian los siguientes gastos elegibles:
La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación tecnológica y mejora de capacidades productivas en la empresa (grupo) que realiza el proyecto.
Los costes de inversión en los siguientes activos materiales e inmateriales:
- «activos materiales»: activos consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos,
- «activos inmateriales»: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial.
En el caso de las grandes empresas, los costes de los activos inmateriales únicamente serán financiables hasta un límite del 50% del total de los costes de inversión elegibles del proyecto para la inversión inicial.