Iniciativa Empresarial de las PYME
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Concesión de ayudas a proyectos de las pymes que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias, en régimen de concurrencia competitiva, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y sus Bases Reguladoras.
Se contempla en esta convocatoria, un único programa destinado a favorecer la creación de nuevas empresas, el emprendimiento, consolidación, diversificación y crecimiento de las empresas existentes, mediante proyectos que incluyan la adquisición de activos materiales e inmateriales:
- Programa 1—Subvenciones a la inversión para la iniciativa empresarial de las pymes.
Ámbito: Asturias
Presupuesto: 600.000 €
Plazo de solicitud: Hasta las 14:00 h del día 6 de septiembre de 2019
Organismo: Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial
BENEFICIARIO
Pymes con personalidad jurídica, entre las que están comprendidos los emprendedores que lleven a cabo proyectos de inversión en el Principado de Asturias.
Se entenderá por emprendedores los empresarios individuales y microempresas que hayan iniciado una nueva actividad, establecimiento o creación de empresa hace menos de tres años, o bien que la inicien con ocasión del proyecto.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
TIPO DE EMPRESA | Máx. ayuda |
Emprendedores | 40% |
Microempresas | 30% |
Pequeñas empresas | 20% |
Medianas empresas | 10% |
GASTOS FINANCIABLES
Serán subvencionables:
- Activos materiales, se entiende los relativos a terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y otros equipos.
- Activos inmateriales, activos que no tienen una materialización física o financiera, se entiende los relativos a concesiones administrativas, propiedad industrial, aplicaciones informáticas, transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos, patentados o no patentados, siempre que se utilicen exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda, se consideren activos amortizables y se adquieran en condiciones de mercado.
La ayuda debe cumplir el “efecto incentivador” el beneficiario no deberá comenzar a trabajar en el proyecto, antes de la presentación de una solicitud de ayuda al IDEPA o a la Administración General del Estado (caso de ayudas dirigidas a pequeños proyectos/proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras).