Cooperación Público – Privada I+D+i
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Ayudas destinadas a agrupaciones que realicen estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, proyectos de investigación industrial o proyectos de desarrollo experimental, en alguna de las siguientes áreas temáticas:
a) Nuevas tecnologías y materiales avanzados para la fabricación del futuro.
b) Nuevas tecnologías para la energía, la ciudad, la movilidad y la logística del futuro.
c) Nuevas tecnologías para la salud del futuro. Los proyectos tendrán que realizarse en alguna de las localizaciones siguientes:
- Alcorcón
- Fuenlabrada
- Getafe
- Humanes de Madrid
- Leganés
- Móstoles
- Parla
- Madrid, Distrito de Villaverde
No obstante lo anterior, las empresas participantes podrán tener su ubicación en cualquier punto de la Comunidad de Madrid.
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto anual medio de entre 2 y 8 millones de euros.
Ámbito: Madrid
Presupuesto: 600.000 €
Plazo de solicitud: Hasta el 06/08/2019
Organismo: Consejería de Educación e Investigación
Naturaleza de proyecto: I+D+i
BENEFICIARIO
Agrupaciones que estarán constituidas como mínimo por:
- Una empresa tractora, que tendrá que ser gran empresa.
- Tres empresas consideradas pyme, de las que al menos una deberá cumplir con los requisitos de empresa joven e innovadora (startup).
- Un Organismo de investigación y difusión de conocimientos o una Universidad; en caso de ser solo uno, deberá ser público; en caso de que participen dos o más organismos de investigación o universidades, al menos uno de ellos será público.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvenciones directas sobre los gastos que resulten subvencionables, con un límite máximo total de ayuda de 1.250.000 euros/año a un proyecto. La cuantía de la ayuda que corresponderá a cada entidad participante en el proyecto podrá oscilar entre un 25 y un 80 por 100 de los gastos que resulten subvencionables en función del tipo de proyecto y del tamaño de la empresa.
GASTOS FINANCIABLES
- Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación y/o desarrollo. Si el instrumental y el material no se utilizan exclusivamente para el proyecto, sólo se considerarán subvencionables los costes de amortización que correspondan al uso concreto asignado al proyecto de investigación, calculados sobre la base de las buenas prácticas contables. En el caso de material inventariable, el gasto subvencionable no podrá exceder en ningún caso del coste de amortización del mismo correspondiente al periodo de duración del proyecto subvencionable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
- Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto. En este concepto se incluyen entre otros: Gastos de viajes directamente relacionados con el proyecto. Costes de generación y mantenimiento de patentes que se originen como consecuencia del desarrollo tecnológico del proyecto.Gastos de consultoría, asesoría y formación, directamente relacionados con la gestión de proyecto, siempre que se hayan incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
- Costes indirectos, que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje fijo hasta el 15 por ciento de los costes directos de personal subvencionables incluyendo los costes de servicios prestados por personal externo. f) En los estudios de viabilidad serán costes subvencionables los del estudio.
La duración de los proyectos podrá ir de 24 a 36 meses.